DecretoVigente
Decreto 130 de 1983
Por el cual se adicionan los Decretos 1743 de 1977 y 3143 de 1980
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facúltase A La Asociación Promotora De Los Centros Internacionales De Cartagena Y Santa Marta, Para Que, Previa La Modificación De Sus Estatutos Y En Los Términos Previstos En Los Decretos 1743 De 1977 Y 3143 De 1980, Promueva Y Construya Obras Diversas En La Ciudad De Cartagena, Particularmente Las Siguientes: A) Remodelación Y Restauración Del Teatro Heredia, Como Obra Y Servicio Complementarios Del Centro Internacional De Convenciones Cartagena De Indias; B) Construcción Del Hostal De San Juan De Dios, Como Obra Anexa, Complementaria Y De Servicio Del Centro De Convenciones Cartagena De Indias; C) Construcción Del Parque Y Parqueadero De Los Almirantes, Como Zona Anexa Al Hostal Y De Servicio Al Centro De Convenciones Cartagena De Indias; D) Remodelación Y Adecuación Del Parque Y Parqueadero Del Centenario, Como Parte Del Centro De Convenciones Cartagena De Indias; E) Otras Obras De Carácter Turístico Que Propendan Por El Desarrollo De Esta Ciudad Y La Exportación De Bienes Y Servicios2En Desarrollo De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, El Fondo De Promoción De Exportaciones -Pro-Expo- Y La Corporación Nacional De Turismo, En Su Condición De Entidades Asociadas De La Asociación Promotora Del Centro Internacional De Cartagena, Podrán Otorgar A Dicha Asociación, Previa Autorización De Sus Respectivas Juntas Directivas Y En Los Términos Establecidos En El Decreto 1743 De 1977, Los Anticipos Allí Mismo Previstos3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y de las que le confieren los artículos 29 del Decreto-ley 1050 de 1968, 21 del Decreto-ley 130 de 1976 y 187 del Decreto-ley 414 de 1967, y
- Roberto Gerlein EcheverríaEl Ministro de Desarrollo Económico