DecretoVigente
Decreto 1232 de 1947
por el cual se deroga el Decreto número 1830 de 1944 y los artículos 1° y 3° del Decreto número 460 de 1940.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facúltase A Los Comandantes De Brigada, Cuerpos De Tropa Y Unidades Destacadas Para Nombrar Por Medio De La Orden Del Día Su Personal Administrativo Y De Los Servicios Con Las Siguientes Excepciones, Cuyos Nombramientos Se Causarán En La Forma Que A Continuación Se Expresa: 1° Por Decreto: Oficiales De Sanidad, Contadores, Odontólogos, Veterinarios Y Capellanes2En Los Términos De Este Decreto Quedan Derogados El Decreto Número 1830 De 1944 Y Los Artículos 1° Y 3° Del Decreto Número 460 De 1940
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