Decreto
Decreto 1206 de 2020
por el cual se adoptan medidas aduaneras transitorias en la importación temporal de aeronaves, se autoriza un tratamiento a los usuarios aptos, se modifica el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019, y se deroga el artículo 3° del Decreto 436 de 2020.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Medidas Aduaneras Transitorias Para La Finalización De La Importación Temporal De Aeronaves O Partes Y Piezas Instaladas En Aeronaves2Levante Automático, Pago Consolidado Y Garantía Global En Las Importaciones Y Exportaciones De Los Usuarios Aptos3Modifíquese El Artículo 759 Del Decreto 1165 De 2019, El Cual Quedará Así: “ Artículo 7594Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José Manuel Restrepo AbondanoEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo