DecretoVigente
Decreto 1197 de 1930
Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con la organización de la Comisión colombiana demarcadora de la frontera con el Brasil, y se hacen algunos nombramientos
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Jefe, El Subjefe Y El Secretario De La Comisión Colombiana Demarcadora De La Frontera Con El Brasil, Se Pondrán En Marcha A La Mayor Brevedad Posible, Con El Fin De Instalar, En Asocio Del Jefe, El Subjefe Y El Secretario De La Comisión Brasilera, En La Ciudad De Río De Janeiro, La Comisión Mixta De Que Tratan Los Considerandos Del Presente Decreto2El Jefe, El Subjefe Y El Secretario De La Comisión Colombiana Se Sujetarán A Las Instrucciones Que Les Entregue, O Que Luego Les Envíe, El Ministerio De Relaciones Exteriores, Para Todo Lo Relacionado Con La Adopción De Procedimientos Científicos, Subdivisión De Las Labores De Demarcación, Señalamiento De Fecha Y Lugar Para Que La Comisión Mixta Vuelva A Reunirse Con El Fin De Iniciar Los Trabajos Sobre El Terreno, Celebración De Contratos Para Los Servicios Auxiliares De La Demarcación, Solución De Las Diferencias Que Lleguen A Presentarse, Etc3Habiendo Sido Creado, Por Decreto Número 869 Del Presente Año (31 De Mayo), El Cargo De Jefe De La Comisión Colombiana Y Nombrado Por El Mismo Acto El Ingeniero Belisario Ruiz Para Tal Cargo, Por Medio Del Presente Se Crean Los Cargos De Subjefe Y De Secretario De La Misma Comisión4Desde La Fecha En Que Se Ponga En Marcha De Esta Ciudad Para La De Río De Janeiro, Hasta La Fecha En Que Se Ponga En Camino De Esa Ciudad Para La Región Amazónica, Los Sueldos Del Personal De Que Trata El Artículo Anterior, Serán Los Siguientes; El Jefe $ 1,000; El Subjefe, $ 800, Y El Secretario $ 3005Para La Traslación De Bogotá A Rio De Janeiro, Del Personal De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Se Les Señalan Los Siguientes Viáticos De Ida: Al Jefe, $ 1,000; Al Subjefe, $ 1,000; Ál Secretario, $ 6006Nómbrase Sujeto De La, Comisión Colombiana Demarcadora De Los Limites Con El Brasil Al Ingeniero Doctor Darío Pozo M7Nombrase Ingenieros Ayudantes, Primero Y Segundo, De La Misma Comisión, A Los Señores Gustavo Téllez Y Humberto Bruno, Con La Asignación De $ 800 Mensuales Cada Uno8Desde La Fecha En Que Se Separe Del Cargo De Primer Ingeniero Adjunto De La Oficina De Longitudes Del Ministerio De Relaciones Exteriores El Doctor Belisario Ruiz, Y Del Servicio De Señales Horarias Nocturnas De Que Tratan Los Decretos Números 1813 De 1928 (26 De Septiembre) Y 300 De 1930 (22 De Febrero), Y Mientras Dicho Ingeniero Se Halle En Desempeño De Las Funciones De Jefe De La Comisión De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Lo Reemplazará En Tales Cargos, En Esta Ciudad, El Ingeniero Doctor Daniel Ortega Ricaurte, A Quien Se Nombra Para Este Fin
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