Micelio

Artículo 7

Nombrase Ingenieros Ayudantes, Primero Y Segundo, De La Misma Comisión, A Los Señores Gustavo Téllez Y Humberto Bruno, Con La Asignación De $ 800 Mensuales Cada Uno

Decreto 1197 de 1930 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con la organización de la Comisión colombiana demarcadora de la frontera con el Brasil, y se hacen algunos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Nombrase Ingenieros Ayudantes, primero y segundo, de la misma Comisión, a los señores Gustavo Téllez y Humberto Bruno, con la asignación de $ 800 mensuales cada uno. Dichos Ingenieros Ayudantes solamente se posesionarán y entrarán en funciones en la fecha que se señale por Decreto especial de Gobierno, cuando sus servicios sean precisos para iniciar los trabajos sobre terreno. En Decreto se señalará la fecha de partida, desde la cual empezarán a devengar el sueldo correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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