DecretoDerogado
Decreto 117 de 1985
Por el cual se establece la escala de viaticos para el personal de la Policia Nacional que presta sus servicios como policia vial adscrita al ministerio de obras publicas y transporte.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para El Personal De La Policía Nacional Destinado Para Prestar Sus Servicios Como Policía Vial Adscrita Al Ministerio De Obras Públicas Y Transporte, Que Deba Cumplir Comisión En El Territorio Nacional, Así: Grado Viáticos Diarios Para Comisiones En Ciudades Capitales De Departamento, Intendencia Y Comisarias O Sede De Distrito De Obras Públicas Viáticos Diarios Para Comisiones En Otras Ciudades O Poblaciones Coronel $ 42º El Valor De Los Viáticos Que Se Establece Por El Presente Decreto Será Cubierto Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas Y Transporte, Fondo Vial Nacional, Policía Vial3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley 171 De 1984
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BentancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1985
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Hernan Beltz PeraltaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil