DecretoVigente
Decreto 1141 de 1984
Por el cual se prorroga el plazo para la presentación de unas declaraciones de renta y complementarios por el año gravable de 1983
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Entidades Que Hubieren Sido Objeto De Toma De Posesión A Partir De 1982 Por Parte De La Superintendencia Bancaria, Cuyos Estados Financieros Correspondientes Al Año 1983, No Hubieren Sido Aprobados En Forma Definitiva A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Por Parte De Dicha Superintendencia, Podrán Presentar Su Declaración De Renta Y Complementarios Correspondiente, Al Año Gravable De 1983, Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Fecha En Que La Superintendencia Bancaria, Imparta La Aprobación Definitiva A Tales Estados Financieros2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición