DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1127 de 1951
Por el cual se autorizan adquisiciones en el Exterior con destino a la Fuerza Aérea Colombiana
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Comando De La Fuerza Aérea Colombiana Para Efectuar Adquisiciones En El Exterior Hasta Por La Suma De Us$ 2002Las Adquisiciones De Que Trata El Presente Decreto Se Legalizarán Posteriormente Con Base En Los Comprobantes Aprobados Por La Auditoría Fiscal De La Contraloría Ante El Consulado De Colombia En Nueva York3La Suma Que Se Estipula En El Artículo 1° La Tomará La Fuerza Aérea Del Artículo 419-A, Capítulo 41, Del Presupuesto De Gastos De La Fuerza Aérea Para La Vigencia Próxima Pasada, Que Se Constituyó En Reserva A Favor Del Departamento Nacional De Provisiones Para La Reposición Del Avión Presidencial4El Ministerio De Hacienda, Contraloría General De La República Y Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones, Autorizarán La Situación De La Suma Estipulada En El Consulado General De Colombia En New York
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo Sarasty MEl Ministro de Gobierno
- Guillermo Amaya RamírezEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo Restrepo Jaramillo -El Ministró de Justicia · encargado
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura, y Ganadería
- Alfredo Araújo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Fomento
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomás AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas