DecretoVigente
Decreto 1057 de 1908
Por el cual se derogan los decretos números 97, 135, 219 y 804 de 1906 y 193 y 626 de 1907 sobre fomento del comercio interior del país, etc.
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Deróganse Los Decretos Números 97, 135, 219 Y 804 De 1906 Y 193 Y 626 De 1907, Sobre Fomento Del Comercio Interior Del País Y Conducción De Sal Á Los Departamentos De Caldas, Cauca Y Nariño2Fijase El Término De Ciento Veinte Días (120) Para Que Los Conductores De Sal Á Dichos Departamentos, Que Tengan Tornaguías Por Cobrar, Procedentes De La Conducción De Este Artículo, Las Hagan Efectivas En La Administración Principal De Salinas De Quesada, Pues Vencido Este Término El Administrador No Reconocerá Ni Pagará Ninguna De Las Primas Concedidas Por Los Decretos Que Se Derogan Por El Presente
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