Micelio

Artículo 31

De Las Incompatibilidades De Los Gobernadores

Ley 617 de 2000 · Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional

3 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Gobernadores, así como quienes sean designados en su reemplazo no podrán:

1.

Celebrar en su interés particular por sí o por interpuesta persona o en representación de otro, contrato alguno con el respectivo departamento, con sus entidades públicas o privadas que manejen o administren recursos públicos provenientes del mismo.

2.

Tomar parte en las actividades de los partidos o movimientos políticos, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio.

3.

Intervenir en cualquier forma, fuera del ejercicio de sus funciones, en la celebración de contratos con la administración pública.

4.

Intervenir, en nombre propio o ajeno, en procesos o asuntos, fuera del ejercicio de sus funciones, en los cuales tenga interés el departamento o sus entidades descentralizadas.

5.

Ser apoderado o gestor ante entidades o autoridades administrativas o jurisdiccionales del respectivo departamento, o que administren tributos, tasas o contribuciones del mismo.

6.

Desempeñar simultáneamente otro cargo o empleo público o privado.

7.

Inscribirse como candidato a cualquier cargo o corporación de elección popular durante el período para el cual fue elegido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-540/01ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  2. 2001
    C-837/01ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  3. 2001
    C-838/01ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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