Micelio

Artículo 40

Ley 141 de 1994 · por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones

3 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distribución de las compensaciones monetarias derivadas de la explotación de carbón. Las compensaciones monetarias estipuladas en los contratos para la explotación de carbón, se distribuirán así:

Departamentos productores

12.0%

Municipios o distritos productores

2.0%

Municipios o distritos portuarios

10.0%

Empresa Industrial y Comercial del Estado, Ecocarbón,o quien haga sus veces

50.0%

Corpes regional o la entidad que los sustituya en cuyo territorio se efectúen las explotaciones

10.0%

Corporación Autónoma Regional en cuyo territorio se efectúe la explotación

10.0%

Fondo de Fomento del Carbón

6.0%

Parágrafo

En caso de no existir Corporación Autónoma Regional, las compensaciones en favor de estas incrementarán las asignadas al Fondo de Fomento del Carbón.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-562/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
  2. 2000
    C-1160/00ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  3. 2003
    C-251/03ConstitucionalidadEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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