º El Comité Asesor creado por el presente Decreto, será de duración indefinida y tendrá como sede normal de reuniones la ciudad de Bogotá, pero podrá desplazarse en cumplimiento de sus labores, al Departamento del Cauca y sesionar válidamente en jurisdicción de éste.
Decreto 615 de 1985 →Vigente
Artículo 4
º El Comité Asesor Creado Por El Presente Decreto, Será De Duración Indefinida Y Tendrá Como Sede Normal De Reuniones La Ciudad De Bogotá, Pero Podrá Desplazarse En Cumplimiento De Sus Labores, Al Departamento Del Cauca Y Sesionar Válidamente En Jurisdicción De Éste
Decreto 615 de 1985 · Por el cual se crea el comité asesor de Política Indigenista para el Departamento del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.