INTRANSFERIBILIDAD DE LOS DESCUENTOS TRIBUTARIOS. En ningún caso serán trasladables a los socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores y similares, los descuentos tributarios de que gocen los entes de los cuales formen parte. CAPITULO XI Precios de transferencia ( Capítulo adicionado por artículo 28 Ley 788 de 2002)
Decreto 624 de 1989 →Vigente
Artículo 260
Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.
2 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia