Micelio

Artículo 27

Estrategia Nacional Para El Control Del Tráfico Ilegal De Fauna Silvestre

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créese la Estrategia Nacional para el Control de Tráfico Ilegal de Fauna Silvestre cuyo objetivo será establecer una línea de acciones conjuntas para controlar, prevenir y evitar esta práctica ilegal, a partir de la educación en los derechos de los animales, la generación y respuesta de alertas tempranas, la presencia e intervención permanente en los territorios donde la actividad es recurrente y la generación e implementación de protocolos para la rehabilitación y restablecimiento de los animales incautados a sus ecosistemas de referencia.

La estrategia nacional deberá contar con la participación activa de las siguientes entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Defensa Nacional, Parques Naturales Nacionales de Colombia, Instituto Alexander von Humbolt, Dirección General Marítima y Portuaria y las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y las demás relacionadas en el artículo 55 de la Ley 99 de 1993.

Parágrafo 1

Se deberá coordinar con la Fiscalía General de la Nación la judicialización oportuna y efectiva de las personas y los grupos u organizaciones que cometen el delito de tráfico de fauna silvestre en el territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Ver toda la Ley 2294 de 2023