Compete a los Comandantes de Estación o de subestación de Policía conocer de las faltas para las que sean aplicables las medidas correccionales de amonestación en privado, reprensión en audiencia pública, promesa de buena conducta, presentación periódica, retención y cierre de establecimientos.
Decreto 1355 de 1970 →Vigente
Artículo 219
Compete A Los Comandantes De Estación O De Subestación De Policía Conocer De Las Faltas Para Las Que Sean Aplicables Las Medidas Correccionales De Amonestación En Privado, Reprensión En Audiencia Pública, Promesa De Buena Conducta, Presentación Periódica, Retención Y Cierre De Establecimientos
Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia