Micelio

Artículo 256

Se Entiende Por Coto De Caza El Área Destinada Al Mantenimiento, Fomento Y Aprovechamiento De Especies De La Fauna Silvestre Para Caza Deportiva

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se entiende por coto de caza el área destinada al mantenimiento, fomento y aprovechamiento de especies de la fauna silvestre para caza deportiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Ver toda la Decreto 2811 de 1974