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Artículo 233

Decreto 1333 de 1986 · por el cual se expide el Código de Régimen Municipal

4 sentencias lo revisaron2 condicionadas
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá, pueden crear los siguientes impuestos, organizar su cobro y darles el destino que juzguen más convenientepara atender a los servicios municipales:

a)

Impuesto de extracción de arena, cascajo y piedra del lecho de los cauces de ríos y arroyos, dentro de los términos municipales, sin perjudicar el laboreo y el aprovechamiento legítimos de las minas y de las aguas.

b)

Impuesto de delineación en los casos de construcción de nuevos edificios o de refacción de los existentes.

c)

Impuesto por el uso del subsuelo en las vías públicas y por excavaciones en las mismas.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 233. Los Concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá, pueden crear los siguientes impuestos, organizar su cobro y darles el destino que juzguen más convenientepara atender a los servicios municipales:

a)

Impuesto de extracción de arena, cascajo y piedra del lecho de los cauces de ríos y arroyos, dentro de los términos municipales, sin perjudicar el laboreo y el aprovechamiento legítimos de las minas y de las aguas.

b)

Impuesto de delineación en los casos de construcción de nuevos edificios o de refacción de los existentes.

c)

Impuesto por el uso del subsuelo en las vías públicas y por excavaciones en las mismas.

JURISPRUDENCIA

Artículo 233. Los Concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá, pueden crear los siguientes impuestos, organizar su cobro y darles el destino que juzguen más convenientepara atender a los servicios municipales:

a)

Impuesto de extracción de arena, cascajo y piedra del lecho de los cauces de ríos y arroyos, dentro de los términos municipales, sin perjudicar el laboreo y el aprovechamiento legítimos de las minas y de las aguas.

b)

Impuesto de delineación en los casos de construcción de nuevos edificios o de refacción de los existentes.

c)

Impuesto por el uso del subsuelo en las vías públicas y por excavaciones en las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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