La Junta Central de Contadores será el tribunal disciplinario de la profesión y estará integrada por ocho (8) miembros así:
El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
El Presidente de la Comisión Nacional de Valores o su delegado.
El Superintendente de Sociedades o su delegado.
El Superintendente Bancario o su delegado.
Un representante de la Asociación Colombiana de Universidades o la entidad que le sustituya, con su suplente.
Un representante de la Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, Asfacop, o la entidad que la sustituya con su suplente.
Dos representantes de los Contadores Públicos con sus suplentes.
Los delegados de los funcionarios antes mencionados deberán tener la calidad de Contadores Públicos, con la excepción del delegado del Ministro de Educación Nacional.