Si el escrito con el cual se formula el recurso no se presenta con los requisitos previstos en los numerales 1, 2 y 4 del artículo anterior, el funcionario competente deberá rechazarlo. Contra el rechazo del recurso de apelación procederá el de queja.
Ley 1437 de 2011 →Vigente
Artículo 78
Rechazo Del Recurso
Ley 1437 de 2011 · LEY 1437 DE 2011, 18/01/2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2015C-146/15Constitucionalidad · «" En El Entendido Que, En Los Casos En Los Que La Administración Haya Conocido Previamente El Nombre Y La Dirección Del Recurrente, No Podrá Rechazar El Recurso."»EXEQUIBLE
- 2017C-007/17ConstitucionalidadEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia