° Fijase el siguiente gravamen diferencial: "Los motores polifásicos para las bombas sumergibles de pozo profundo, clasificables en las posiciones 85.01.06.01, 85.01.06.05, 85.01.06.11, 85.01.06.15 y 85.01.06.99 pagarán un gravamen del 35% ad valorem". Los diferentes a éstos continuarán pagando un gravamen del 60% conforme a lo establecido en el artículo 1° del Decreto 895 de 1980.
Decreto 2267 de 1980 →Vigente
Artículo 3
Fijase El Siguiente Gravamen Diferencial: "los Motores Polifásicos Para Las Bombas Sumergibles De Pozo Profundo, Clasificables En Las Posiciones 85
Decreto 2267 de 1980 · Por el cual se modifican algunos gravámenes arancelarios y se introduce un desdoblamiento en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.