Micelio

Artículo 94

Los Oficiales Y Suboficiales Retirados En Goce De Asignación De Retiro O Pensión De Jubilación, Casados O Viudos Con Hijos Legítimos, Tendrán Derecho A Que Por La Caja De Sueldos De Retiro De La Policía O Por El Tesoro Público, Según El Caso, Se Les Pague Un Subsidio Familiar Que Se Liquidará Sobre La Asignación De Retiro O Pensión Que Les Corresponda, Así: Por Su Estado De Casado O Viudo, El Cinco Por Ciento (5%) Y Por Cada Uno De Los Hijos A Su Cargo El Tres Por Ciento (3%) Más, Sin Que El Porcentaje Por Razón De Los Hijos Sobrepase Del Doce Por Ciento (12%)

Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales y Suboficiales retirados en goce de Asignación de Retiro o Pensión de Jubilación, casados o viudos con hijos legítimos, tendrán derecho a que por la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía o por el Tesoro Público, según el caso, se les pague un Subsidio Familiar que se liquidará sobre la Asignación de Retiro o Pensión que les corresponda, así: por su estado de casado o viudo, el cinco por ciento (5%) y por cada uno de los hijos a su cargo el tres por ciento (3%) más, sin que el porcentaje por razón de los hijos sobrepase del doce por ciento (12%).

Parágrafo 1

No obstante lo dispuesto en el presente artículo, el reconocimiento del Subsidio Familiar por razón de los hijos, no afectará a los Oficiales o Suboficiales, cuyo porcentaje a 31 de octubre de 1969 sea superior al aquí establecido, fecha en la cual queda congelado. Es entendido que el Subsidio Familiar se incrementará en un tres por ciento (3%) por cada hijo que nazca con anterioridad a la fecha indicada.

Parágrafo 2

Para tener derecho a la prestación de que trata este artículo, es requisito indispensable que el interesado compruebe que sostiene su hogar y que sus hijos menores de edad le dependen económicamente para efectos de sostenimiento y educación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1996
    C-613/96ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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