º El Comité Asesor creado por el presente Decreto estará conformado de la siguiente manera
El Secretario General del Ministerio de Gobierno, quien presidirá;
El Secretario de Integración y Desarrollo de la Comunidad de la Presidencia de la República;
El Director General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.
El Subgerente Jurídico del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria;
Los Jefes de la Unidad de Desarrollo Social y de la División de Estudios Agrarios del Departamento Nacional de Planeación;
El Jefe del Departamento 5 del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares;
Dos representantes de las Comunidades Indígenas del Cauca, designados por el Comité Ejecutivo del Consejo Regional Indígena del Cauca, CRIC. El Jefe de la División de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno actuará como Secretario del Comité.