Conforme a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley 80 de 1968, los aviones de "SATENA", en su operación nacional tienen la calidad de aviones militares y estarán sometidos al régimen jurídico de que sobre aeronavegación rige para éstos. Sin embargo, los casos de responsabilidad contractual o extracontractual que sean consecuencia directa del empleo de dichos aviones en servicio de transporte aéreo, se someterán al derecho común.
Decreto 2344 de 1971 →Vigente
Artículo 27
Conforme A Lo Dispuesto Por El Artículo 9° De La Ley 80 De 1968, Los Aviones De "satena", En Su Operación Nacional Tienen La Calidad De Aviones Militares Y Estarán Sometidos Al Régimen Jurídico De Que Sobre Aeronavegación Rige Para Éstos
Decreto 2344 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales-Satena
2 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2005C-1231/05Constitucionalidad · «Respecto De La Demanda.»INHIBITORIO
- 2006C-992/06ConstitucionalidadINHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia