La concesión de aguas superficiales y/o subterráneas será otorgada por parte de la autoridad ambiental en la licencia ambiental, cuando ello aplique, dependiendo del tipo de uso del recurso geotérmico que se vaya a adelantar.
Decreto 2811 de 1974 →Vigente
Artículo 176
La Concesión De Aguas Superficiales Y/O Subterráneas Será Otorgada Por Parte De La Autoridad Ambiental En La Licencia Ambiental, Cuando Ello Aplique, Dependiendo Del Tipo De Uso Del Recurso Geotérmico Que Se Vaya A Adelantar
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia