Micelio

Artículo 2

Perfeccionada La Investigación Penal, El Fiscal La Declara Cerrada, Y Dentro De Los Ocho Días Siguientes Pedirá Al Juez La Calificación Del Sumario, Con Sujeción Con Lo Dispuesto En Los Artículos 426 Y 427 Del Código De Procedimiento Penal

Decreto 1231 de 1951 · Por el cual se dictan algunas normas encaminadas a hacer más rápida y eficaz la administración de justicia en lo penal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Perfeccionada la investigación penal, el Fiscal la declara cerrada, y dentro de los ocho días siguientes pedirá al Juez la calificación del sumario, con sujeción con lo dispuesto en los artículos 426 y 427 del Código de Procedimiento Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1231 de 1951