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Artículo 207

Modifíquense Los Parágrafos 5° Y 6° Del Artículo 92 De La Ley 1708 De 2014, Los Cuales Quedarán Así

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquense los parágrafos 5° y 6° del artículo 92 de la Ley 1708 de 2014, los cuales quedarán así:

Artículo 92. Mecanismos para facilitar la administración de bienes.

(...)

Parágrafo 5

En todo caso, solo se entenderá como venta masiva, agrupaciones de mínimo 10 inmuebles, dentro de las cuales, además de los inmuebles no sociales, podrán incorporarse inmuebles de sociedades en liquidación tanto extintos como en proceso de extinción que cuenten con aprobación de enajenación temprana o inmuebles de sociedades activas cuyo objeto social sea el de actividades de carácter inmobiliario.

Parágrafo 6

Serán causales de terminación anticipada de los contratos suscritos por el Frisco: i) Condiciones no acordes al mercado, de acuerdo con los estudios técnicos que para el caso determine el administrador en su metodología; ii) La destinación definitiva de los inmuebles de conformidad con lo previsto en esta ley; iii) Los contratos celebrados que no se acojan a las condiciones establecidas en la metodología de administración del Frisco; iv) Cuando el activo sea requerido para desarrollar proyectos sociales cuyos beneficiarios sean población objeto de enfoque diferencial y de especial protección constitucional. El administrador de bienes del Frisco preservará el debido proceso para aplicar la terminación anticipada de contratos respetando en todo momento las cláusulas contractuales vigentes al momento del perfeccionamiento de los contratos.

Configurada la causal de terminación anticipada, el administrador del Frisco podrá ejercer las facultades de policía administrativa previstas en esta ley para la recuperación del activo. En todo caso, el administrador del Frisco, no podrá celebrar contratos con el afectado dentro del proceso de extinción de dominio o sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil.

(...)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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