Micelio

Artículo 34

Transmisibilidad De Pensión

Decreto 611 de 1977 · Por el cual se fija el régimen de prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales de los Establecimientos Públicos y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, adscritos o vinculados al Ministerio de Defensa Nacional

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transmisibilidad de pensión. Al fallecimiento de un empleado público o trabajador oficial pensionado o con derecho a pensión de jubilación, invalidez o vejez, su cónyuge en forma vitalicia y sus hijos menores o incapacitados para trabajar por razón de sus estudios o invalidez que dependieren económicamente del causante, tendrá derecho a percibir la respectiva pensión, en la siguiente proporción

a)

La mitad al cónyuge sobreviviente y la otra mitad para los hijos por partes iguales.

b)

A falta de cónyuge, la pensión se dividirá entre los hijos por partes iguales.

c)

A falta de hijos menores, la pensión corresponderá en su totalidad al cónyuge sobreviviente.

Parágrafo 1

Este derecho lo pierde el cónyuge sobreviviente cuando por su culpa no vive unido al otro en el momento de su fallecimiento, o cuando contraiga nuevas nupcias o haga vida marital, y los hijos por llegar a la mayoría de edad o cesar la incapacidad.

Parágrafo 2

Habrá derecho a acrecer cuando falle uno de los dos órdenes o se extinga su derecho. Lo mismo sucederá entre los hijos.

Parágrafo 3

A quienes tenga derecho causado o hayan disfrutado de la sustitución pensional prevista en la ley 171 de 1961, Decreto-ley 3135 de 1968 y del Decreto-ley 434 de 1971, tendrán derecho de disfrutar de la sustitución pensional conforme a lo previsto en la Ley 33 de 1973 y de la Ley 12 de 1975.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2004
    C-1126/04Constitucionalidad · «“cónyuge”»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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