El Gobierno Nacional regulará el sistema especializado de financiación de vivienda de largo plazo para fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho constitucional a la vivienda digna, de conformidad con los siguientes objetivos y criterios:
Proteger el patrimonio de las familias representado en vivienda.
Proteger y fomentar el ahorro destinado a la financiación y a la construcción de vivienda, manteniendo la confianza del público en los instrumentos de captación y en los establecimientos de crédito emisores de los mismos.
Proteger a los usuarios de los créditos de vivienda.
Propender por el desarrollo de mecanismos eficientes de financiación de vivienda a largo plazo.
Velar para que el otorgamiento de los créditos y su atención consulten la capacidad de pago de los deudores.
Facilitar el acceso a la vivienda en condiciones de equidad y transparencia.
Promover la construcción de vivienda en condiciones financieras que hagan asequible la vivienda a un mayor número de familias.
Priorizar los programas y soluciones de vivienda de las zonas afectadas por desastres naturales y actos terroristas.