Micelio

Artículo 371

Declaración Inicial

Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de proceder a la presentación y práctica de las pruebas, la Fiscalía deberá presentar la teoría del caso. La defensa, si lo desea, podrá hacer lo propio.

Al proceder a la práctica de las pruebas se observará el orden señalado en audiencia preparatoria y las reglas previstas en el capítulo siguiente de este código.

Práctica de la prueba

Disposiciones generales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2007
    C-209/07ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  2. 2009
    C-069/09Constitucionalidad · «"si Lo Desea, Podrá Hacer"»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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