Micelio

Artículo 144

Retiro De Servidores Amparados Con Fuero Sindical

Decreto 71 de 2020 · por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN.

2 sentencias lo revisaron1 condicionada
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retiro de servidores amparados con fuero sindical. No será necesaria la autorización judicial para retirar del servicio a los servidores con fuero sindical en los siguientes casos:

Cuando no supere el período de prueba.

Cuando los empleos deban ser provistos con las listas de elegibles y el servidor que los desempeñe no ocupe un lugar en la lista que le permita el nombramiento en estricto orden de mérito.

Cuando no supere el proceso de evaluación, en los términos establecidos en el presente decreto-ley.

Cuando exista destitución por sanción disciplinaria ejecutoriada.

Por inhabilidad sobreviniente.

Por edad de retiro forzoso.

Por haber obtenido la pensión de jubilación, vejez o invalidez.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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