º Corresponde a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior
Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones.
Resolver los impedimentos y recusaciones que se presenten en las actuaciones de los miembros de la Corporación.
Conocer en única instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, y el Fiscal General, por causa distinta a la indignidad por mala conducta, así como de los magistrados de los tribunales y Consejos Seccionales y de los demás funcionarios cuya designación corresponda al Consejo Superior. De las faltas disciplinarias en que incurran los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura conocerá en única instancia una sala especial integrada por los conjueces de la Corporación.
Conocer de los recursos de apelación y de hecho, así como de la consulta, en los procesos disciplinarios de que conocen en primera instancia los Consejos Seccionales, el Fiscal General y el Director de Administración Judicial.
Designar al Secretario Judicial de la Sala.
Las demás funciones que determine el reglamento.