Micelio

Artículo 12

Decreto 515 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre el deporte, la educación física y la recreación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación Nacional, previo concepto favorable del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes), podrá conceder autorización para organizar competiciones o eventos deportivos internacionales con sede en Colombia, por solicitud expresa que le haga el Comité Olímpico Colombiano o las federaciones deportivas nacionales. Se dará preferencia a las peticiones que se refieren a ciudades ya dotadas de todos los requisitos exigidos para la realización del certamen y tengan asegurada su financiación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 515 de 1986