Las decisiones que afecten derechos fundamentales o que resuelvan de fondo aspectos sustanciales del proceso podrán ser apeladas por quien tenga interés legítimo para ello, dentro de las oportunidades previstas en este Código y salvo las excepciones contenidas en el mismo.
Ley 1708 de 2014 →Vigente
Artículo 11
Doble Instancia
Ley 1708 de 2014 · LEY 1708 DE 2014, 20/01/2014, por medio de la cual se expide el Código de Extinción de Dominio.
2 sentencias lo revisaron1 condicionada
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2020C-327/20ConstitucionalidadEXEQUIBLE· condicionado
- 2021C-406/21Constitucionalidad · «El Fragmento Únicamente Procede El Recurso De Apelación »EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia