Micelio

Artículo 95

Previa Autorización, El Concesionario Puede Traspasar, Total O Parcialmente, El Derecho Que Se Le Haya Concedido

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Previa autorización, el concesionario puede traspasar, total o parcialmente, el derecho que se le haya concedido. La autorización podrá negarse por motivos de utilidad pública o interés social, señaladas en la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1998
    C-126/98ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 2811 de 1974