La Comisión Forestal del que habla la misma Ley en su artículo 6º, quedará constituida por el Ministro de Agricultura y Comercio, el Oficial Mayor de la Sección 1ª. Y un ingeniero graduado quien entre sus atribuciones tendrá, además la de revisar los planos de las solicitudes de adjudicación de baldíos y formar la estadística correspondiente. El Oficial Mayor actuará además, como Secretario de la Comisión
El sueldo del Ingeniero a que se refiere el artículo anterior será de cien pesos ($100) mensuales.