Micelio

Artículo 8

Son Funciones Especiales De Los Directores Seccionales De Censo: A) Dictar Normas Precisas E Instrucciones Sobre La Manera Como Las Oficinas De Información Y Censo De Contribuyentes De Las Administraciones De Hacienda Nacional Deben Recopilar, Concentrar Y Tabular Los Datos E Informes Que Les Lleguen Sobre Los Contribuyentes Al Impuesto Sobre La Renta; B) Fiscalizar La Actuación De Los Inspectores De Censo Y Velar Porque Éstos Cumplan Acertadamente Las Funciones Que Les Estén Atribuidas; C) Dar Cuenta A La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales De La Manera Como Se Cumplen En Su Respectiva Zona Las Disposiciones Sobre Elaboración De Censo De Contribuyentes Y Proponer Las Medidas Que A Su Juicio Sean Más Convenientes Para La Correcta Ejecución De Las Disposiciones Sobre Información Y Censo De Contribuyentes; D) Los Directores Seccionales De Censo Quedan Autorizados Para Imponer Multas Hasta De $ 300 A Las Personas Naturales O Jurídicas Y Entidades De Cualquier Clase Que Se Nieguen A Suministrar Datos En Relación Con Las Actividades Económicas De Personas Naturales O Jurídicas Y Que Se Estimen Necesarias Para La Correcta Liquidación Del Impuesto Sobre La Renta Y Sus Complementarios

Decreto 319 de 1948 · por el cual se organizan las oficinas encargadas de levantar el Censo Nacional de Contribuyentes, obtener informaciones para la liquidación del impuesto sobre la renta y se suprimen unos cargos y se crean otros en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones especiales de los Directores Seccionales de Censo

a)

Dictar normas precisas e instrucciones sobre la manera como las Oficinas de Información y Censo de Contribuyentes de las Administraciones de Hacienda Nacional deben recopilar, concentrar y tabular los datos e informes que les lleguen sobre los contribuyentes al impuesto sobre la renta;

b)

Fiscalizar la actuación de los Inspectores de Censo y velar porque éstos cumplan acertadamente las funciones que les estén atribuidas;

c)

Dar cuenta a la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales de la manera como se cumplen en su respectiva zona las disposiciones sobre elaboración de censo de contribuyentes y proponer las medidas que a su juicio sean más convenientes para la correcta ejecución de las disposiciones sobre Información y Censo de Contribuyentes;

d)

Los Directores Seccionales de Censo quedan autorizados para imponer multas hasta de $ 300 a las personas naturales o jurídicas y entidades de cualquier clase que se nieguen a suministrar datos en relación con las actividades económicas de personas naturales o jurídicas y que se estimen necesarias para la correcta liquidación del impuesto sobre la renta y sus complementarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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