El Gobierno nacional implementará en el término de hasta 18 meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, un plan de eficiencia en el gasto público a fin de acelerar el pago de las indemnizaciones para las víctimas del conflicto. Para ello, la Unidad para las Víctimas, con el acompañamiento del Departamento Nacional de Planeación y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, generará herramientas técnicas, operativas y presupuestales con el fin de avanzar en el pago de las indemnizaciones administrativas a las víctimas del conflicto.
Herramientas operativas y técnicas. El Gobierno nacional adaptará los mecanismos existentes y desarrollará acciones institucionales necesarias con el fin de superar las dificultades operativas y técnicas en los pagos de indemnización administrativa a las víctimas del conflicto armado, garantizando el uso de lenguaje claro.