Micelio

Artículo 7

Las Importaciones Que Se Efectúen Al Amparo Del Presente Decreto Estarán Sujetas Asimismo Al Pago De Las Tarifas Del 5% De Que Trata El Artículo 6º Del Decreto 2366 De 1974, Del 2% Señalado En El Artículo 1º De La Ley 68 De 1983, Del 8% Señalado En El Artículo 9º De La Ley 50 De 1984 Y Del 3,15% De Que Tratan Los Artículos 1º Numeral 32 Y 3º Del Decreto 3140 De 1984, Y Las Demás Normas Que Rijan Las Importaciones

Decreto 2500 de 1985 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, Aladi.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las importaciones que se efectúen al amparo del presente Decreto estarán sujetas asimismo al pago de las tarifas del 5% de que trata el artículo 6º del Decreto 2366 de 1974, del 2% señalado en el artículo 1º de la Ley 68 de 1983, del 8% señalado en el artículo 9º de la Ley 50 de 1984 y del 3,15% de que tratan los artículos 1º numeral 32 y 3º del Decreto 3140 de 1984, y las demás normas que rijan las importaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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