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Solicitud De “inexequibilidad” Y De Nulidad De Las Sentencias Su.388/05, Su.389/05 Y T-726/05, Dado Que Configuran Vias De Hecho Al No Haber Tenido En Cuenta La Sentencia C-991 De 2004. Incompetencia De La Corte Constitucional Para Declarar Inexequibles Sus Propios Fallos. Doctrina Constitucional Sobre La Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Requisitos Generales Y Especificos Exigidos Por La Jurisprudencia De La Corte Para Que Proceda La Nulidad Contra Sus Fallos. Una Vez Verificado El Contenido De La Solicitud Elevada, Puede Concluirse Que La Misma No Cumple Con Los Requisitos Exigidos Por La Jurisprudencia Para Hacer Procedente La Nulidad De Las Sentencias Mencionadas. Baste Señalar, Para El Efecto, El Incumplimiento De Uno De Los Requisitos Minimos De Procedibilidad, Cual Es, El Que La Nulidad Deba Proponerse Dentro De Los Tres Dias Siguientes A La Notificacion De La Decision Proferida Por La Corte Constitucional. Estarse A Lo Resuelto En El Auto Del Diez De Septiembre De 2007, Suscrito Por El Magistrado Sustanciador De Las Demandas D-6917 Y D-6954, Respecto De La Solicitud De Inexequibilidad De Las Sentencias Su-388 Y 389 De 2005. Rechazar Por Extemporanea La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias Su-388, 389 Y T-726 De 2005, Proferidas Por La Sala Plena Y Por La Sala Tercera De Revision De Esta Corporacion.
Demandante: Ofelia Hernandez Rodriguez
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Solicitudes Relacionadas Con La Sentencia Su.484/08. Legitimidad E Interes Respecto De La Accion De Tutela. Improcedencia De La Aclaracion De Las Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. La Adicion Del Fallo Segun Lo Establecido Por El Articulo 311 Del Codigo De Procedimiento Civil. Improcedencia De Recursos Contra Las Sentencias Proferidas Por La Corporacion. Para La Sala Plena De La Corporacion, Las Solicitudes Concernientes A La Sentencia Su-484 De 2008 Devienen Improcedentes, Como Quiera Que Los Peticionarios, Al No Haber Sido Parte Dentro De Los Expedientes Acumulados Para Su Eventual Revision, No Se Encuentran Legitimados Por Activa Para Elevar Las Solicitudes De Aclaracion Y De Adicion Del Fallo De Marras, Segun Lo Establecido En Los Articulos 309 Y 311 Del Estatuto Procesal Civil. Rechazadas Por Improcedentes Las Solicitudes De Aclaracion, Adicion E Impugnacion.
Demandante: Gilma Lopez De Chaparro Y Otros
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Juzgado Septimo Laboral Del Circuito De Bogota, La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca Y La Sala Laboral Del Tribunal Superior De Distrito Judicial De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela A La Sala Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca, Para Que Tramite Y Decida El Amparo Constitucional Invocado.
Demandante: Maria Goyeneche Monsalve Vs. Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Y Otros
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Declaracion De Nulidad De Todas Las Actuaciones Surtidas En La Presente Tutela Desde El Auto Admisorio Proferido El 15 De Noviembre De 2007, Por El Juzgado Civil Del Circuito De Puerto Tejada, Cauca. Ello, Toda Vez Que No Obstante Haberse Interpuesto La Tutela Contra La Secretaria De Salud Departamental Del Cauca, Esta Entidad Y El Operador Juridico Que Conocio Del Asunto Sostienen Que Quien Se Encuentra Obligada Dentro Del Caso De La Referencia Es Asmet Salud Ess-Regimen Subsidiado. Empero, Se Advierte Que La Misma No Fue Vinculada Al Tramite De La Presente Accion De Amparo Constitucional Y Tampoco Se Hizo Parte Dentro Del Proceso. Debido A Lo Anterior, El Juez Constitucional No Puede Adoptar Una Actitud Pasiva Y Limitarse A Declarar Una Falta De Legitimidad En La Causa, Pues Por El Contrario Estaba Obligado A Buscar Por Todos Los Medios La Proteccion De Una Persona Que Como La Actora, Se Encuentra Gravemente Afectada En Su Salud. En Consecuencia, Se Ordena Al Juzgado Civil Del Circuito De Puerto Tejada-Cauca, Que Proceda A Integrar Debidamente El Contradictorio, Adelantar De Nuevo El Tramite Constitucional De Tutela Y Dictar El Fallo De Rigor.
Demandante: Alexandra Morales Peñalosa Como Agente Oficioso De Irma Franco Betancourt Vs. Secretaria De Salud Departamental Del Cauca
Ponente: Mauricio González Cuervo
Declaracion De Nulidad De Todas Las Actuaciones Surtidas En La Presente Accion De Tutela, Desde El Auto Que Avoco El Conocimiento De La Misma. Ello, Por Cuanto El Juzgado Treinta Y Cuatro Civil Municipal De Bogota Al Conocer Del Asunto No Integro Adecuadamente El Contradictorio, Como Quiera Que No Vinculo A La Clinica De Occidente De Bogota, Por Lo Que Al Proferirse La Correspondiente Decision Judicial, Puede Eventualmente Afectar A Dicho Centro Asistencial, Lo Cual Impone Su Vinculacion A Este Tramite Constitucional. En Consecuencia, Se Ordena Al Juzgado Treinta Y Cuatro Civil Municipal De Bogota Que Proceda A Integrar Debidamente El Contradictorio, Vinculando Para El Efecto A La Referida Clinica, Adelante De Nuevo El Tramite Constitucional De Tutela Y Dicte El Fallo De Rigor.
Demandante: Sandra Milena Torres Collazos Vs. Susalud Eps
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-545a/07, Habida Cuenta Del Desconocimiento De La Jurisprudencia Emanada De La Sala Plena De La Corporacion Y Las Incongruencias Expuestas En La Parte Motiva De La Decision Proferida Por La Sala Sexta De Revision. Doctrina Constitucional Sobre La Nulidad De Las Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. Presupuestos Que Deben Acreditarse Para La Procedencia De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De La Corte Constitucional. Presupuestos Materiales De Procedencia De Peticiones De Nulidad De Sentencias Proferidas Por Las Salas De Revision De La Corte Constitucional. El Alcance De La Causal De Nulidad De “desconocimiento De La Jurisprudencia”. Una Vez Analizada La Sentencia T-545a De 2007, Se Tiene Que Los Defectos Alegados Por El Solicitante Segun Los Cuales Existen Supuestas Inconsistencias En La Parte Motiva Del Mencionado Fallo, Carecen De La Entidad Suficiente Para Encuadrar Dentro De Una De Las Causales De Nulidad Admitidas Por La Jurisprudencia Constitucional. Negada
Demandante: German Gomez Rojas
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-234/08, Por Cuenta Del Desconocimiento De La Jerarquia De Normas Reglamentarias Aplicadas En El Caso Concreto. Termino Para La Presentacion De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. En El Presente Asunto Se Evidencia Que La Solicitud De Nulidad Contra La Sentencia T-234 De 2008 Se Formulo Luego De Mas De Quince Dias De Haber Sido Notificada Esta, Lo Que Evidencia La Extemporaneidad De La Mencionada Solicitud. Rechazada Por Extemporanea.
Demandante: Ana Sofia Mesa De Cuervo
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-104/08, Aduciendo Para Ello La Vulneracion Al Debido Proceso. El Termino Para Presentar La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. En El Caso Concreto La Solicitud De Nulidad Fue Presentada Extemporaneamente, Pues Ya Se Habia Vencido El Termino De Tres Dias Contados A Partir De La Notificacion De La Sentencia De Revision. Negada
Demandante: Bbva Horizonte Pensiones Y Cesantias
Ponente: Rodrigo Escobar Gil
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-654 De 2007, Teniendo En Cuenta Que La Corporacion Divulgo La Misma Sin Sujetarse A Lo Dispuesto En El Articulo 16 Del Decreto 2067 De 1991 Y Que Vulnero El Debido Proceso, Puesto Que Al Invitar A Algunas Universidades Y A La Ascun A Rendir Concepto Dentro Del Proceso, Suscito Un Conflicto De Intereses. Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Verificacion Del Requisito De Oportunidad. Del Presunto Conflicto De Intereses. Presuntas Contradicciones Y Desatencion De Elementos Para Tomar La Decision. Presunta Irregularidad En La Divulgacion De La Sentencia. Los Hechos Relatados Por El Incidentante No Cumplen Con Los Requerimientos Exigidos Para Que La Solicitud De Nulidad Pueda Prosperar, Ya Que Las Causales Alegadas No Son Significativas Ni Trascendentales, Y No Revelan La Existencia De Un Grave Y Notorio Defecto Que Implique El Desconocimiento Del Debido Proceso. Negada
Demandante: Juan Domingo Torres Ojeda
Ponente: Nilson Elías Pinilla Pinilla
Recurso De Suplica Contra Auto Del 8 De Febrero De 2008, Mediante El Cual Se Rechazo La Demanda De Inconstitucionalidad Contra El Titulo Y Los Articulos 1, 4 Y 5 (Parciales) De La Ley 1016 De 2006, Y El Articulo 1 (Parcial) De La Ley 18 De 1989. Esta Corte Evidencia Que Efectivamente Sobre Los Segmentos Impugnados De Los Articulos 1 Y 5 De La Ley 1016 De 2006, Recae Cosa Juzgada Constitucional, Al Ser Hallados Conformes Al Ordenamiento Superior En Sentencia C-987 De 2004. Confirmar El Auto Del 8 De Febrero De 2008
Demandante: Julio Ernesto Hencker Arcila
Ponente: Nilson Elías Pinilla Pinilla
Conflicto Negativo De Competencia Suscitado Entre El Juzgado Tercero Penal Del Circuito De Villavicencio Y El Juzgado Treinta Y Uno Penal Del Circuito De Bogota D.C. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela Al Juzgado Tercero Penal Del Circuito De Villavicencio.
Demandante: Jose Ignacio Velasquez Velasquez Vs. Colombia Telecomunicaciones
Ponente: Mauricio González Cuervo
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado 16 Civil Municipal De Bucaramanga Y El Juzgado 66 Civil Municipal De Bogota D.C. Se Ordena Dejar Sin Efecto El Auto Del 26 De Marzo De 2008 Proferido Por El Juzgado 16 Civil Municipal De Bucaramanga Y, A Su Vez, Que Esta Autoridad Judicial Se Pronuncie De Fondo Sobre La Solicitud De Proteccion Constitucional Impetrada. Se Remiten Copias Del Expediente A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Santander Para Lo De Su Competencia.
Demandante: Flor Emma Montiel Molina Vs. Cooperativa De Trabajo Asociado -Indaso-
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Popayan Sala -Civil, Familia, Laboral- Y El Juzgado Primero Administrativo Del Circuito De Popayan. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Popayan Sala -Civil, Familia, Laboral-.
Demandante: Jose Adriano Hurtado Certuche Vs. Comision Nacional Del Servicio Civil, Departamento Del Cauca Y Municipio De Inza
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Declaracion De Nulidad Del Proceso De La Referencia A Partir Del Auto Admisorio De La Demanda, Habida Consideracion Que En El Caso Concreto El Juez De Primera Instancia -La Sala Penal De La Corte Suprema De Justicia- Ordeno Notificar La Demanda De Tutela Unicamente A La Fiscalia Primera Penal Militar Delegada Ante El Tribunal Superior Militar, La Cual Habia Ordenado La Cesacion Del Proceso Penal Contra Varios Militares, Los Cuales No Fueron Notificados De La Existencia Del Recurso De Amparo Constitucional Y Cuyo Debido Proceso Y Derecho De Defensa Imponian Su Presencia En El Litigio. Asi Las Cosas, Al Encontrarse De Por Medio Terceros Que Pueden Ser Afectados Por Una Eventual Decision Judicial, Se Evidencia El Vicio De Nulidad Por Falta De Notificacion Y, En Consecuencia, Se Ordena Devolver El Expediente De La Referencia A La Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia.
Demandante: Maria Eugenia Cardenas Giraldo Vs. Fiscalia Primera Penal Ante El Tribunal Superior Militar
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-853 De 2007, Por Cuenta Del Desconocimiento De Los Principios A La Confianza Legitima Y Al Debido Proceso, En Virtud De La No Aplicacion Del Precedente Jurisprudencial Fijado En La Sentencia T-711 De 2007. La Jurisprudencia Respecto A La Nulidad De Las Sentencias De La Corte. Cuestiones Previas Al Analisis De Los Cargos Planteados En La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1039 De 2006. El Alcance De La Causal De Nulidad De “desconocimiento De La Jurisprudencia”. Procedibilidad De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision. Para Esta Corte No Existe Coincidencia Entre Las Dos Sentencias T-711 De 2007 Y T-853 De 2007. Ni Los Supuestos Facticos, Ni El Problema Juridico, Ni La Ratio Decidendi Concuerdan, Asi Que No Se Evidencia Como Podria La Sentencia T-853 De 2007 Haber Desconocido El Supuesto Precedente Fijado En La Sentencia T-711 De 2007. Negada
Demandante: Maria Elena Palomeque De Simar
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Recurso De Suplica Presentado Contra El Auto Del 23 De Abril De 2008, Proferido Por El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa, Que Rechazo La Demanda De Inconstitucionalidad En Contra De Los Articulos 39b De La Ley 65 De 1993 Y 38a De La Ley 599 De 2000. Inexistencia De Argumentacion Del Recurso De Suplica. En El Asunto Sometido Al Conocimiento De La Sala, Los Demandantes No Exponen Las Razones Que Les Permitan Oponerse A Las Consideraciones Realizadas Por El Magistrado Sustanciador Para Rechazar La Demanda, Relacionadas Con El Vencimiento En Silencio Del Termino Concedido Para Subsanar El Libelo. Por El Contrario, Los Actores Presentan Un Escrito Destinado A Corregir La Demanda, Por Fuera De La Oportunidad Legal Para El Efecto Y Luego De Haberse Proferido La Decision De Rechazo. Asi Las Cosas, La Corte Concluye Que El Documento Allegado Carece De Argumentacion Alguna Que Cuestione Los Motivos Que Fundaron La Decision De Rechazo, Por Lo Que Se Impone La Confirmacion Del Mismo. Confirmar El Auto Del 23 De Abril De 2008 Que Rechazo La Demanda En Contra De Los Articulos 39b De La Ley 65 De 1993 Y 38a De La Ley 599 De 2000.
Demandante: Juan Carlos Millan Gomez Y Jorge Toledo Rivas
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De Bogota -Sala Civil- Y El Juzgado Tercero Laboral Del Circuito De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota -Sala Civil-, Para Que Adelante La Correspondiente Actuacion Judicial.
Demandante: Martha Quiroga Moreno Vs. Fiscalia General De La Nacion Y Otros
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Funcion De Revision Y Seleccion De Accion De Tutela Por Corte Constitucional. Agotamiento Debido De Las Etapas Procesales En Instancias De Decision. Solicitud Practica De Pruebas Por Parte Demandada. Termino Para Decidir. Devolucion Expediente Para Decidir De Fondo.
Demandante: Alba Rocio Ospina Duque Vs. Saludcoop Eps
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-921 De 2007 Por La Vulneracion Del Principio De Cosa Juzgada Constitucional En Relacion Con El Sentido Y Con El Alcance Del Inciso 3º Del Articulo 2º Del Acto Legislativo No. 01 De 2001, Mediante El Cual Se Modifico El Articulo 356 Superior. Verificacion Del Requisito De Oportunidad. Excepcionalidad De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Es Evidente Que La Pretension De Nulidad Impetrada No Esta Llamada A Prosperar, Ya Que Ninguna De Las Situaciones Expuestas Por La Jurisprudencia Constitucional Para Declarar La Nulidad De Los Fallos De Esta Corporacion Se Ha Configurado En El Asunto Bajo Estudio. Negada
Demandante: Ramon Esteban Laborde Rubio
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-890/07, Habida Cuenta De La Vulneracion Del Debido Proceso Por Desconocimiento De La Jurisprudencia Constitucional En Materia De Los Principios De La Buena Fe Y Del Debido Proceso, Y De La Procedencia De La Tutela Contra Providencias Judiciales. Doctrina Constitucional Sobre La Nulidad De Las Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. Verificacion De Los Requisitos De Procedibilidad De La Nulidad Contra La Sentencia T-890 De 2007. El Incidente De Nulidad Fue Radicado En La Secretaria General De Esta Corporacion El 3 De Febrero De 2008, Esto Es, Despues De Dos Meses De Notificada La Sentencia T-890 De 2007, Por Lo Que No Se Instauro Dentro Del Termino De Ejecutoria De La Decision, Es Decir, Dentro De Los Tres Dias Habiles Siguientes A La Notificacion Del Citado Fallo. Rechazada Por Extemporanea
Demandante: Hernan Gustavo Castro Alcarcel
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Recurso De Suplica Contra Auto Del 28 De Abril De 2008, Mediante El Cual Se Rechazo La Demanda Presentada Contra El Literal C) Del Articulo 39 Del Decreto Ley 656 De 1994. La Argumentacion Puesta De Presente Por El Actor Adolece De Los Requisitos De Especificidad Y Suficiencia En Cuanto A Las Razones De Inconstitucionalidad. Confirmar El Auto Del 28 De Abril De 2008
Demandante: Camilo Andres Chinchilla Rozo
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Ley 906 De 2004. Art. 478. Codigo De Procedimiento Penal. Impedimento Y Recusacion De Procurador General De La Nacion Y Viceprocurador General De La Nacion. Causales. Aceptar Impedimento Del Procurador General De La Nacion Y Viceprocurador General De La Nacion. Designacion Por Procurador De Funcionario Para Rendir Concepto Correspondiente
Demandante: Jose Luis Duarte Bohorquez
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Conflicto Negativo De Competencia Suscitado Entre El Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca -Sala Disciplinaria- Y La Corte Suprema De Justicia -Sala De Casacion Laboral-. Ordena Remitir El Expediente De La Referencia A La Oficina Judicial De Reparto De Bogota D.C. Con El Fin De Que Efectue El Reparto Entre Los Juzgados Del Circuito O Con Categorias De Tales.
Demandante: Stella Barrera Lopez Vs. Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota -Sala Plena-
Ponente: Rodrigo Escobar Gil
Conflicto Negativo De Competencia Aparente Entre Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Penal Y Consejo De Estado Sala De Lo Contencioso Administrativo Seccion Cuarta. Tutelante No Especifico Especialidad Del Tribunal Superior Decreto 1382 De 2000. Conocimiento Del Consejo De Estado. Estado De Derecho. Competencia De Autoridades Publicas Y Distintas Jurisdicciones. Juez Natural.
Demandante: Pedro Antonio Duarte Gonzalez Vs. Tribunal Superior, Defensoria Del Pueblo De Valledupar, Procuraduria Regional Del Cesar, Procuraduria General De La Nacion Y Otros
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa