Tema · Principio De Informalidad
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Demandante: Paola Bernal Valencia
Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
Declaracion De Nulidad De Lo Actuado Dentro De La Accion De Tutela De La Referencia, Por No Haberse Conformado En Debida Forma El Contradictorio, En Tanto No Fue Vinculada Como Parte, La A.R.P. Del Seguro Social. La No Conformacion Del Contradictorio En Debida Forma Por El Juzgado Septimo Civil Municipal De Cucuta Genera Nulidad De Todo Lo Actuado. Si Bien La Accion De Amparo Se Dirigio Contra La Empresa C&p Ingenieria Ltda, Con El Fin De Que Efectue El Reconocimiento Y El Pago De La Indemnizacion Y De La Pension De Invalidez A La Que Eventualmente Tiene Derecho El Accionante Y Su Agenciado, Es Claro Igualmente, A Partir De Las Pruebas Que Reposan En El Expediente Que Los Actores Fueron Afiliados Al Sistema De Riesgos Profesionales En La Arp Del Seguro Social, Siendo Esta Entidad Realmente El Sujeto Pasivo De La Accion De Amparo Constitucional Propuesta, Y A Quien Le Corresponderia Si Asi Lo Estima El Juez De Tutela, Reconocer Y Pagar Las Prestaciones Reclamadas Por Esta Via. Se Remite El Expediente De Tutela Al Juzgado Septimo Civil Municipal De Cucuta Para Que Integre El Contradictorio En Debida Forma Y Profiera La Decision A Que Haya Lugar, De Conformidad Con Los Parametros Señalados En La Parte Motiva De Esta Providencia. Una Vez Surtido El Tramite Constitucional, Remitase A Esta Corporacion Para Su Eventual Revision.
Demandante: Diego Armando Ramirez Millan En Nombre Propio Y Como Agente Oficioso De Walter Ernesto Rodriguez Vera Vs. C&p Ingenieria Ltda.
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Derecho Al Debido Proceso Y La Igualdad Por El No Reconocimiento De La Pension Teniendo En Cuenta El Ingreso Mensual Promedio De Un Congresista En El Año 2002. Solicita Se Ordene La Reliquidacion De La Pension Y El Pago De Las Mesadas Pensionales Atrasadas, Reajustes E Intereses. El Juzgado De Instancia Concedio La Tutela Como Mecanismo Transitorio Y El Fondo De Prevision Impugno La Decision Siendo El Recurso De Apelacion Rechazado Por Falta De Legitimidad Del Jefe De La Division De Prestaciones Economicas De La Entidad. La Representacion De Las Entidades Publicas En El Tramite De Tutela Y En Particular Del Fondo De Prevision Social Del Congreso. Para La Sala Se Ha Configurado Respecto Del Fondo De Prevision Social Del Congreso Una Pretermision De Instacia, Que Se Inscribe Dentro De Las Causales De Nulidad Prevista En El Numeral 3 Del Articulo 140 Del Codigo De Procedimiento Civil. Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Ordena Remitir El Expediente De La Accion De Tutela Al Tribunal Susperior Del Distrito Judicial De Bogota Para El Tramite Del Recurso De Apelacion
Demandante: Ortiz Amado Jose Ariolfo
Ponente: Rodrigo Escobar Gil