A. 265/06Auto20065citas
Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-471/02. La Corte Ha Sostenido Que Como Regla General La Competencia Para Velar Por El Cumplimiento De Los Fallos De Tutela Y Establecer La Forma Como Estos Deben Cumplirse Resposa En Cabeza De Los Jueces De Primera Instancia Y Solo Excepcionalmente La Corte Constitucional Puede Asumir La Competencia Y Determinar La Forma Como Deben Cumplirse Cuando No Se Garantiza La Efectividad De Los Derechos Salvaguardados. En El Caso Concreto No Encuentra La Sala Situacion Que Amerite El Retiro De La Competencia Del Juez De Primera Instancia. Rechazada Por Improcedente.
Demandante: Pedro Emilio Gomez Jimenez
Ponente: Nilson Elías Pinilla Pinilla