Micelio
Sentencia de Tutela22 de noviembre de 2012

T-971 de 2012

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

Demandante William Mendez Acosta·Demandado Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Hecho superado ya que en la actualidad el accionante se encuentra recibiendo los servicios médicos asistenciales por parte de la IPS
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Régimen especial de seguridad social en salud para los docentes
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida, debido proceso.

El accionante ostenta la calidad de docente y dejó de laborar a raíz de la calificación de la pérdida de su capacidad laboral en un 68%.

Como consecuencia de lo anterior, inició el trámite para el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez y la I.P.S.

Médicos Asociados S.A. suspendió la prestación del servicio médico asistencial que le brindaba, bajo el argumento de no tener la calidad de docente activo, ni de pensionado, situación que generó que él y su núcleo familiar quedara sin cobertura en seguridad social en salud.

En el trámite de revisión la Sala constató que la entidad demandada reactivó los servicios médico-asistenciales suspendidos al actor y por ello declaró la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO, pero luego de pronunciarse respecto al derecho a la salud como derecho fundamental y su protección constitucional y sobre el régimen de seguridad social en salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

Advirtió a la Fiduciaria la Previsora que en ningún momento puede suspender el pago de los aportes en salud del accionante mientras esté en trámite el reconocimiento y pago de su pensión de invalidez.

Así mismo previno a UT MEDICOLSALUD 2012, para que continúe prestando la atención integral en salud que requiere el actor, mientras subsista la relación contractual de la prestación de los servicios médico asistenciales con la Fiduprevisora para la regional Bogotá.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en el asunto de la referencia.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR a la Fiduciaria la Previsora S.A. - FIDUPREVISORA S.A., que en ningun caso podra suspender el pago de los aportes en salud del accionante mientras este en tramite el reconocimiento y pago de su pension de invalidez.
  3. TERCERO. PREVENIR a UT MEDICOLSALUD 2012 a efectos de que continue prestando la atencion integral en salud que requiere el senor William Mendez Acosta mientras subsista la relacion contractual de la prestacion de los servicios medico asistenciales con la FIDUPREVISORA S.A., para la regional Bogota.
  4. CUARTO. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.