T-801 de 2007
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Divina Ruth Escobar Marquez Vs. Superintendencia De Servicios Publicos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de la respuesta
- Respuesta oportuna y de fondo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion ante la conducta omisiva de electricaribe s.a.
Por la no admision de l recurso de apelacion de la decision de electricaribe por irregularidades en la facturacion del servicio de energia que considera excesivo.solicita se ordene la intervencion de la superintendencia en la fraudulenta y arbitraria actuacion de electricaribe.concedida.
Se ordena a electricaribe la practica de una visita tecnica a la vivienda de la accionante para revisar el estado del medidor y la situacion de consumo
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo del 22 de marzo de 2007 de la Sala Tercera de Decisión Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla, en relación con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, pero adicionar la decisión para TUTELAR el derecho fundamental de petición de la accionante ante la conducta omisiva de Electricaribe S.A. ESP.
- SEGUNDO. ORDENAR a Electricaribe S.A. ESP. que, en el término de 72 horas contado a partir de la notificación de esta providencia, practique nueva visita técnica a la vivienda de Divina Ruth Escobar Márquez para revisar el estado del medidor y la situación de consumo, de manera que 48 horas después de practicada la visita se de una respuesta completa y de fondo a la petición de la accionante en relación con el que considera consumo excesivo, en los términos de esta providencia.
- TERCERO. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.