Micelio
Sentencia de Tutela22 de junio de 2000

T-757 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Juvenal Ledesma Solarte

Tema · dato duro
Derecho A La Vida A La Seguridad Social A La Igualdad Y Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Pension De Jubilacion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 21 de enero de 2000 por el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Tunja, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Juvenal Ledesma Solarte contra la Caja de Previsión Social de Boyacá, y, en su lugar, CONCEDER la protección solicitada.
  3. Segundo. ORDENAR a la Caja de Previsión Social de Boyacá que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, pague, las mesadas atrasadas correspondientes al señor Juvenal Ledesma Solarte por concepto de su pensión de jubilación, si ya no lo hubiere hecho, siempre y cuando exista la partida presupuestal disponible. En caso de que no exista la respectiva partida, deberá realizar las operaciones presupuestales para garantizar las mesadas adeudadas. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de tres (3) meses.
  4. Tercero. El incumplimiento de lo aquí ordenado acarreará las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.