Sentencia de Tutela22 de junio de 2000
T-746 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Manuel Maria Vizcaino Padilla Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas Y Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Hospital De Ponedera (Atlantico). Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Empleador
- Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ponedera (Atlántico). En su lugar TUTELAR el derecho fundamental al trabajo de los señores Manuel María Vizcaíno Padilla, Esther Melinda Araque Vargas, Virginia Pomposa Ruíz Restrepo y Nancy Judith Ruiz
- Segundo. ORDENAR al Gerente del Hospital de Ponedera (Atlántico) que si aún no lo ha hecho, proceda a cancelar los salarios debidos a los accionantes, para lo cual realizará las diligencias pertinentes dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de ésta sentencia.
- Tercero. PREVENIR al Gerente del Hospital demandado a fin de que en el futuro cancele oportunamente los salarios de sus trabajadores evitando las omisiones ilegitimas que dieron origen a esta acción.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a1
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.