T-719 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Luz Enith Ballena Botello Y Otro·Demandado Agencia Presidencial Para La Accion Social Y La Cooperacion Internacional -Accion Social-
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho a la subsistencia digna no puede estar condicionado a un plazo fijo
- Acción de tutela como mecanismo para la protección de sus derechos fundamentales
- Derechos mínimos que deben ser satisfechos en toda circunstancia por las autoridades
- Resulta desproporcionado exigirle el agotamiento previo de trámites ordinarios como requisito para la procedencia de la tutela
- Protección de derechos fundamentales de la población desplazada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en condiciones dignas, igualdad, estabilidad socio economica y seguridad social de desplazadas por la violencia y sus nucleos familiares que solicitaron la prorroga de la ayuda humanitaria, la cual fue negada por la entidad bajo el argumento de que ya habia sido otorgada, de conformidad con la ley 387 de 1997.<br>solicitan se ordene reiniciar la entrega de los auxilios correspondientes a la atencion humanitaria de emergencia a que tienen derecho.<br>la accion de tutela como mecanismo de proteccion de derechos fundamentales de la poblacion desplazada es procedente.
El derecho de los desplazados a la subsistencia digna no puede estar condicionado a un plazo fijo.<br>puede colegirse de los casos sometidos a revision, que en ellos se omitio tener presente tanto que el status de desplazado no depende del paso del tiempo sino de una condicion material, como que la ayuda humanitaria, conforme a lo consignado en la sentencia c-278 de 2007, solo se debe suspender cuando exista plena certeza de que el desplazado tiene satisfecho su derecho a la subsistencia minima.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos en enero 23 de 2008 por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Valledupar (T-1879495) y noviembre 30 de 2007 (T-1888813) por el Juzgado
- Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, que les nego el amparo solicitado por Luz Enith Ballena Botello y Deici Margarita de la Cruz Perez, respectivamente. En su lugar, se dispone CONCEDER la proteccion de los derechos a la vida en condiciones dignas, estabilizacion, igualdad y seguridad social, de las mencionadas demandantes y de sus correspondientes nucleos familiares, con lo que ello implica en la asistencia social que es debida a quienes han sido victimas de desplazamiento forzado.
- Segundo. En consecuencia, ORDENASE a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional, Accion Social, por conducto del Coordinador Territorial del Cesar o quien haga sus veces, que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia, reinicie la entrega, de acuerdo a lo normativamente establecido, de los auxilios correspondientes a la atencion humanitaria de emergencia a que tienen derecho las accionantes, a quienes, en el termino de cuarenta y ocho horas (48) tambien contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no se ha realizado, se les debe indicar que complementos les pueden otorgar y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se les suministraran.
- Tercero. , LIBRESE por secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.