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T-705/16
Aclaración de votoSentencia de Tutela T-705/1614 de diciembre de 2016

Aclaración de voto

MagistradoGabriel Eduardo Mendoza Martelo

Tema de la sentencia: Beneficio Educativo Para Hijos De Crianza.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOA LA SENTENCIA T-705 16ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE IGUALDAD ENTRE TODAS LAS FORMAS DE FAMILIA-Debió concederse como mecanismo transitorio, a efectos de reconocer beneficios educativos convencionales solicitados (Aclaración de voto)Referencia: Expediente 5.712.565Acción de tutela instaurada Harold Viáfara González y José Roosvelt Lugo Cárdenas contra Emcali EIC ESPMagistrado Ponente:ALEJANDRO LINARES CANTILLOAun cuando estoy de acuerdo con la decisión de mayoría de revocar el fallo de instancia y ordenar al ICBF que en el marco de sus competencias proceda a caracterizar las relaciones existentes entre los accionantes y sus progenitores, estimo que a efectos de reconocer los beneficios educativos convencionales solicitados, la tutela debió concederse como mecanismo transitorio. Lo anterior, con la finalidad de que las decisiones adoptadas sean ventiladas en la jurisdicción ordinaria laboral para así garantizar el derecho de defensa y brindar un escenario en el que ambas partes puedan controvertir lo dictaminado por el ICBF, de tal manera que, este informe no constituya una orden que modifique la filiación de una persona, decisión, que a mi juicio, debe reconocerse, en principio, por el juez natural y muy excepcionalmente por el juez de tutela, de manera transitoria.Fecha ut supra,GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOMagistrado

Aclaración de Gabriel Eduardo Mendoza Martelo — T-705/16 · Micelio