T-686 de 2009
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Carlos Arturo Pedreros Manjarres·Demandado Sanitas Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por cubrimiento total de gastos generados por la atención de persona de 83 años
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna, seguridad social.
El accionante actúa como agente oficioso de su madre quien tiene 83 años de edad y sufrió un infarto en enero de 2009, la EPS a la cual esta afiliada la señora señaló que no cubriría el costo de la atención médica, por no reunir el número de semanas mínimas de cotización, el actor explicó que en el año 2008 por el pago de los aportes en seguridad social mediante planilla única se presentaron inconvenientes para realizar los pagos correspondientes por parte de su empleador y por esta razón perdió la antigüedad.
La Sala encuentra que la pretensión que motivó la acción ha sido satisfecha y se está en presencia de un hecho superado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, por tratarse de hecho superado, el fallo dictado en mayo 4 de 2009 por el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogota, mediante el cual fue confirmado el proferido por el Juzgado Veintiseis Civil Municipal de Bogota en febrero 17 del mismo ano, dentro de la accion de tutela instaurada por Carlos Arturo Pedreros Manjarres actuando como agente oficioso de su progenitora Escilda Manjarres Guevara, contra Sanitas EPS.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.