T-676 de 2008
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Sandra Maria Marulanda Ramirez·Demandado Susalud Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el rechazo a la afiliación a la EPS no compromete la salud, ni viola la libertad de escogencia a una entidad de salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida digna y a la salud de persona y su nucleo familiar a quienes les fue negada su solicitud de afiliacion a la entidad, dada la presunta vigencia de su vinculacion con la eps del seguro social.
(multiafiliacion).<br>caso concreto: Improcedencia de la accion de tutela.
Esta corporacion no halla elementos probatorios que respalden el supuesto factico expuesto, de manera que no existe fundamento para atribuir responsabilidad a la entidad accionada ni para concluir que de ella se deriva la vulneracion de los derechos fundamentales de la actora.<br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Décimo. Penal Municipal de Medellín -con función de control de garantías-, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.