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T-661/97
Aclaración de votoSentencia de Tutela T-661/973 de diciembre de 1997

Aclaración de voto

MagistradoHernando Herrera Vergara

Tema de la sentencia: Pago Oportuno Y Cumplido De Cesantias Parciales A Docentes. Indexacion. Concedida.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Aclaración de voto a la Sentencia T-661 97ACCION DE TUTELA-Pago excepcional de acreencias laborales (Aclaración de voto)El juez de tutela solamente puede tener la competencia para ordenar el pago de acreencias cuando, el derecho adquirido se encuentra debidamente reconocido por acto de la administración, no se trata de conflictos laborales que correspondan a la jurisdicción del trabajo y, se ocasiona además, con la negativa de la cancelación oportuna de las prestaciones en forma excepcional, un perjuicio irremediable para cuyo resarcimiento el medio judicial a través del proceso ejecutivo no resulta idóneo.Referencia: Expedientes acumulados Nos. T-141135, T-141138, T-141139, T-141583, T-142028, T-142051 y T-143616Acción de Tutela incoada por Antonio José Orozco y Otros contra el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.Magistrado Ponente:Dr. CARLOS GAVIRIA DÍAZEl suscrito Magistrado formuló aclaración de voto en el proceso de la referencia al considerar, después de no haberse admitido el impedimento manifestado, que está de acuerdo en que el juez de tutela solamente puede tener la competencia para ordenar el pago de acreencias cuando, el derecho adquirido se encuentra debidamente reconocido por acto de la administración, no se trata de conflictos laborales que correspondan a la jurisdicción del trabajo y, se ocasiona además, con la negativa de la cancelación oportuna de las prestaciones en forma excepcional, un perjuicio irremediable para cuyo resarcimiento el medio judicial a través del proceso ejecutivo no resulta idóneo.Fecha ut supra,HERNANDO HERRERA VERGARA Magistrado ---pies de página--- Ver entre otras sentencias, las siguientes: C-529 94,T-418 96 M.P. José Gregorio Hernández, SU-400 97 M.P. José Gregorio Hernández, T-499 97 M.P. José Gregorio Hernández. Sentencia C-529

94. Sentencia T-418 96 M.P. José Gregorio Hernández. Este pasaje de la historia de los Estados Unidos se conoce con el nombre de la rebelión de Shays. En 1789 Daniel Shays se encargaría de liderar a productores y comerciantes en una revuelta que pretendía eximir del pago a los deudores. Al respecto se puede consultar: David Kairys (Ed.), The Politics of Law Pantheon Books, Nueva York 1982; Gordon Wood, The Creation of the American Republic 1776-1789. Norton & Co, Nueva York 1972. H.L.A. Hart, El Concepto del Derecho. Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1990, pg.

160. Artículo 2º Ley 30 de 1992. Sentencia T-001 97 Ibidem. Sentencia SU-400 97 M.P. José Gregorio Hernández. Ibidem.